Cuando las barbas de tu vecino veas cortar....

Iniciado por elbombardero, 14 de Febrero de 2008, 10:15:11 AM

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elbombardero

Fuente: © Asociación de Compositores y Autores de Música (ACAM)
http://www.acam.es/

ACAM: El Gobierno británico sigue el ejemplo francés y obligará a los proveedores de internet a cortar la conexión a quienes abusen del P2P

   
/noticias.info/ El Gobierno británico está redactando un proyecto de ley que obligará a los proveedores de servicios de internet a desconectar a quienes reincidan en la descarga ilegal de música o películas, en línea similar a los acuerdos tomados en Francia en meses recientes.

Los clientes sospechosos de ese tipo de prácticas recibirán un aviso en cuanto sean sorprendidos por primera vez; serán suspendidos por algún tiempo a la segunda ocasión, y, si vuelven a reincidir, se quedarán sin conexión.

Según señalan varios medios británicos que han tenido acceso al borrador legislativo, las compañías de banda ancha que no cumplan serán perseguidas legalmente.

Los nombres y otros detalles de los clientes infractores podrían ser comunicados a los tribunales, pero el Gobierno aún no ha decidido si los distintos proveedores de servicios de internet podrán compartir esos datos.

Se calcula que alrededor de seis millones de usuarios de banda ancha descargan archivos todos los años en Reino Unido, práctica que supone para las discográficas y empresas cinematográficas pérdidas millonarias de ingresos.

Los cuatro mayores proveedores británicos de internet -BT, Tiscali, Orange y Virgin Media- llevan seis meses negociando un sistema voluntario con las mayores productoras y distribuidoras de Hollywood. También ha habido otros contactos, pero ninguno con éxito. Francia ha abierto la veda en la persecución de los internautas que realizan descargas ilegales. La decisión francesa de sancionar con el corte de internet al tercer acto de piratería está suponiendo una presión para otros países, como Reino Unido.
Todos nosotros tenemos algo de críticos, pero no todos los críticos tiene algo de nosotros

Sección de Clásicos :obacion
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Hobbit

Me lo han contado esta mañana. Me alegro de no vivir en Reino Unido.  :poss
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jescri

Yo no creo que esta medida les interese a las compañías, más que nada porque si no se puede descargar habría muchísima peña que se daría de baja   :si
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darth

pero hay maneras de ocultar tu ip, conectarse a traves de proxys, etc.. ademas no creo que a las compañias quieran perder tal cantidad de clientela, como dice jescri :si
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varde

Según una noticia que tuve oportunidad de leer estos dias atrás, la policía ha querido investigar a los usuarios que más descargan en la red a través del operador Telefónica de España, pero esta entidad se ha negado a desvelar los datos de dichos usuarios.  :obacion
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Señor Lobo

Creo que no es la policía la que ha querido investigar a los usuarios sino Promusicae, una entidad de gestión de derechos de autor. Telefónica se ha negado porque no tiene obligación de dar esa información  a no ser que sea por requerimiento judicial en la investigación de un delito.

Todas estas entidades lo que quieren es meter el miedo en el cuerpo. En España, la copia de películas y música para uso privado y no lucrativo NO es delito, a pesar de lo que machaconamente nos dicen los anuncios antes de las pelis (que manda webs que nos castiguen con los anuncios a los que SI pagamos religiosamente por ver una peli en el cine o comprar un DVD, y encima en los DVD no hay forma de saltártelos).

Según el artículo 31.2 de la Ley de Propiedad Intelectual
Citar
No necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el artículo 25, que deberá tener en cuenta si se aplican a tales obras las medidas a las que se refiere el artículo 161. Quedan excluidas de lo dispuesto en este apartado las bases de datos electrónicas y, en aplicación del artículo 99.a), los programas de ordenador.

Para no perjudicar a los autores por este derecho de copia, se establece una compensación, o canon, que tenemos que pagar también religiosamente cuando compramos un móvil, reproductor Mp3, Cd virgen, etc

La situación en otros países es muy diferente así que lo que se aplica en ellos no tiene porqué aplicarse aquí también.

Si queréis saber más, podéis consultar la página de David Bravo, un abogado especializado en todos estos temas que tiene artículos muy interesantes.
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