No a la censura. No a la Ley Sinde. No al cierre de webs

Iniciado por coriano2323, 19 de Diciembre de 2010, 12:43:51 PM

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Rhaegar

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/17/navegante/1300320306.html


Cierran ex-vagos  :flipando


Espero que consigan salir del paso, la verdad, porque he flipado al entrar en la página y ver el aviso del gobierno americano
~ I had the craziest dream last night
I felt it. Perfect. It was perfect. ~
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nnaaty~

También se rumorea que cerrarán Seriesyonkis... a éste paso creo que hasta nos quitarán la libertad de expresión  :abajo
...Yo hago el amor con las mentes. ¡Hay que follarse a las mentes!
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Michael Myers

Yo era user del foro de ex-vagos, aunque no era de los sitios que más visitaba. Aún así, tengo algunos colegas por allí, y me entristece saber que su camino tenga que pasar por este obstáculo.  :nuse
Quizá en esos últimos días, el amó la vida con más intensidad que nunca, no sólo su vida, la de cualquiera, mi vida.
Y lo único que quería eran las mismas respuestas que el resto de nosotros: ¿De dónde vengo? ¿Adónde voy? ¿Cuánto tiempo me queda?
(Blade Runner)
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coriano2323

DEBATE | La aplicación de la norma, a debate

Tomatazos a la Ley Sinde


    * El Colegio de Abogados de Barcelona acoge un debate sobre su aplicación
    * La eficacia y la legalidad de la norma, puesta en duda por juristas y expertos
    * PP, PSOE y CiU, que votaron a favor, declinaron participar en las jornadas

Desde la aprobación de la Ley Sinde (PDF) http://estaticos.elmundo.es/documentos/2011/01/24/ley-sinde.pdf  en el Congreso -y mucho antes, con sentencias que ya cuestionaban las limitaciones legales de la persecución y cierre de las páginas de enlaces- la batalla entre los promotores de la norma y sus detractores se libra en los tribunales.

Los últimos compases de la diatriba judicial entre derechos de autor y libertad de expresión han acabado con una condena parcial -la Audiencia de Barcelona considera que enlazar a un archivo P2P no es "comunicación pública" de obras protegidas pero enlazar a descargas directas sí lo es- y el bloqueo por parte de un fiscal de Estados Unidos, este mismo jueves, del foro de descargas 'exvagos.es'. No se trata, ni mucho menos, del final de la pugna judicial. Causas y recursos pendientes de resolución se acumulan en los tribunales mientras la Ley Sinde desarrolla sus normas para empezar a aplicarse de facto.

Tras la decisión del ejecutivo y el visto bueno, tras idas y venidas, del legislativo, le toca al poder judicial tomar la palabra (o aplicarla). Para afrontar el reto, el Colegio de Abogados de Barcelona ha celebrado unas jornadas de debate sobre el articulado antidescargas incluido en la Ley de Economía Sostenible. Durante dos jornadas, la eficacia y la legalidad de la normativa ha sido puesta en duda por jueces, abogados y expertos de diversos sectores implicados.
Las mil y una maneras de sortear la normativa

El decano del Colegio de Ingenieros Informáticos de Barcelona, Albano Sánchez-Osorio; la abogada de la Asociación de Internautas, Ofelia Tejerina; y el abogado de Private Media Group, Jorge Sánchez, argumentaron el porqué de la ineficacia de la norma desde tres puntos de vista en la segunda jornada de debate, celebrada este miércoles en Barcelona. El primero recordó el dicho: no se puede poner puertas al campo; y la evidencia: la jurisdicción española solo puede actuar contra servidores que estén en territorio español. Basta con mover el chiringuito. La segunda se puso práctica y advirtió: "Fórmulas de descarga va a haber 100.000", si no es a través de páginas o foros, distribuyendo enlaces en listas de correo u otros métodos.

El tercero, representante de la productora y distribuidora de contenidos para adultos, admitió que su adaptación a los nuevos tiempos tiene mucho de "palo y zanahoria": mientras buscan otros modelos de explotación (el 50% de su facturación llega ya de la distribución por internet), tienen un departamento que rastrea la red para hallar 'piratas' de sus contenidos. En la mayoría de esos casos, cuenta, se aplica el "conocimiento efectivo": se avisa al propietario de la web de que ese contenido está protegido y lo retiran. La Ley Sinde incluye también un mecanismo previo de aviso y petición de retirada del contenido así que, concluye, "no aporta nada nuevo".
Justicia 'fast food' al nivel de la seguridad nacional

El abogado Martí Manent, fundador de derecho.com, plantea un problema de proporcionalidad en la ley: "Sitúa la propiedad intelectual al nivel de la seguridad nacional", permitiendo la interferencia en las comunicaciones privadas, un mecanismo reservado, hasta ahora, a grandes temas de Estado. Y compara la celeridad del proceso -prevé el bloqueo o cierre de webs en un máximo de 10 días)- con la lentitud de la justicia para el resto de los mortales.

'Sitúa la propiedad intelectual al nivel de la seguridad nacional', advierte el abogado Martí Manent

Huelga a la japonesa o instancias para todos

Pero la batalla jurídica es solo una "medida de contención", en palabras del abogado Josep Jover. Sabe de lo que habla. Venció a la SGAE la lucha contra el canon digital como representante de la empresa Padawan. Pese a ese éxito, advierte que el camino no está solo en los tribunales.

Por eso surgieron otros medios de presión como la campaña #No les votes, que reclama un castigo a PP, PSOE y CiU en las elecciones municipales por haber dado luz verde a la Ley Sinde y que ha acabado convirtiéndose en un movimiento en la red contra el sistema político actual. Carlos Sánchez Almeida, abogado, autor del blog Jaque Perpetuo y una de las personas más activas en la defensa de la libertad de intercambio en la red, adelantó un nuevo camino de protesta, una especie de huelga a la japonesa. Colgarán en la red un formulario de instancia para que cualquier ciudadano pueda pedir a la sección segunda -el órgano administrativo que recoge las demandas por descarga de archivos- que retire contenidos provenientes de sus redes sociales, blogs o páginas personales que aparezcan en los medios de comunicación. "Tendrán que atender las demandas por riguroso orden de llegada", adelantó malicioso el abogado.

Las 200 páginas web que la SGAE convirtió en objetivos a tumbar 'van a morir matando', advirtió Sánchez Almeida

El debate tuvo su 'hashtag' en twitter, #mucguffin, un término que en cine se utiliza para distraer la atención del espectador. Sánchez Almeida lo sacó de la chistera para alertar sobre el desvío de atención en este asunto de la Ley Sinde. Lo más importante de la Ley de Economía Sostenible, que también incluía otros apartados como el aumento de la vida útil de las centrales nucleares, no son las medidas antidescargas. Y la lucha real es por las audiencias, no por la propiedad intelectual.

Las 200 páginas web que la SGAE convirtió en objetivos a tumbar "van a morir matando, se van a llevar por delante a toda la clase política", advirtió.

Xavier Parache, ex director de Fomento del Institut Català de Indústries Culturals (ICIC), dio datos: las marcas invirtieron 3.000 millones de euros en publicidad en televisión. Y un augurio: la fusión de televisión e internet en canales patrocinados por grandes marcas comerciales. Prepárense para una NestléTv.

Todos ellos, abogados, técnicos y expertos, estuvieron de acuerdo en la necesidad de un cambio en el modelo de negocio. "Si no vendes tomates, haz malabares con ellos y vende el show", argumentó Ofelia Tejerina. O, dicho de otra manera, que la industria se adapte al cliente y no al contrario.

Y los partidos que apoyaron la Ley Sinde en el Senado y el congreso, ¿qué tienen que decir de todo esto? Según el presidente de la sección de Derecho de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, organizadora de este debate, PP, PSOE y CiU declinaron la invitación.

Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/17/barcelona/1300355102.html

Sobre Exvagos os informo de que pronto volvera online, eso si volvera cambiando a otro servidor fuera de EEUU y España

Saludos
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coriano2323

Aprovechando la ley "Sinde"

Estamos seguros que si pidiéramos, a todos aquellos usuarios que se descargan contenidos en las redes P2P, que nos mandasen un correo electrónico, el resultado sería una auténtica denegación de servicio. Se colapsaría nuestro servidor de correo. No nos engañemos, es una práctica social muy extendida.

Y para combatirla, nuestro gobierno ha adoptado medidas. La archiconocida ley "Sinde", en honor a nuestra ministra. Mucho se ha escrito, pero por mucho que se escriba, si hiciéramos un examen de cuáles son las medidas reales que establece la ley, la mayoría suspenderíamos. Se oye que van a cerrar las páginas web, que se van a bloquear el acceso a las webs que estén en el extranjero, que van a cortar el acceso a Internet de los usuarios que se descarguen contenidos, como en Francia y otros países europeos, que te pueden meter en la cárcel,... En fin, mucho barullo y confusión. Y ya se sabe, a rio revuelto ganancia de pescadores. Y los pescadores son los de siempre, ¡los estafadores de la red!

No nos extrañe que aprovechando esa confusión, recibamos un mensaje de correo electrónico, suplantando la identidad de alguna entidad de gestión de derechos audiovisuales, diciéndonos que desde nuestra IP se ha detectado la descarga masiva de obras sujetas a derechos de propiedad intelectual, y se nos da la opción de realizar un pago simbólico de 100 € para "blanquear" las descargas realizadas hasta la fecha y así evitar la acción de los tribunales de justicia que nos pueden hacer no sé cuántas cosas, ¡hasta mandarnos al infierno! El pago lo debemos hacer  a través de PayPal u otro semejante.

Por estadística, de los envíos masivos que manden, en más de un 60% de los destinatarios habrán acertado. ¡Somos piratas!

La IP... ¿Qué es eso? Algo me suena de que es lo que identifica mi ordenador. Pueden poner la que quieran que seguro que nos la creemos.

Las amenazas de que me pueden multar un juez e incluso condenarme a penas de cárcel, ni lo planteamos. Como no tenemos claro eso de la ley "Sinde", nos lo creemos.

Y el mensaje viene de SGAE, AGEDI, EGEDA, FAP,.. ¡Hombre, alguna nos suenan! Pero todas, todas, no. Además, ya sabemos lo fácil que es falsear el remitente de un mensaje.

Es decir, que recibo un mensaje, por ejemplo de contenciosos@sgae.es, diciendo que mi IP 83.26.129.245 ha sido identificada como punto de descarga de películas, música,... y que o pago 100€ o me llevan a juicio. Y seguramente diremos ¡Qué ca...!¡Ya me han "pillao"! ¿Pago o no pago?

Esto ya ha empezado en algún país vecino nuestro. Ya sabéis, lo de las modas y los de las barbas del vecino. Avisados estamos. Y el que lo detecte, que nos lo cuente en  GDT. Entre todos haremos una red más segura.

Fuente: https://www.gdt.guardiacivil.es/webgdt/popup_alerta.php?id=153

Saludos
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coriano2323

PP, PSOE y CiU se enfrentan al #nolesvotes por la Ley Sinde



PSOE, PP y CiU son tres de los partidos que votaron a favor de la aprobación de la Ley Sinde, una ley controvertida que afectará a las webs digitales de contenidos de autor, entre ellos, la música. Desde hace más de un año una parte importante de la sociedad española se alzó en armas contra la Ley de Sinde, una propuesta jurídica contenida en la Ley de Economía Sostenible (LES) que fue acusada de cortar los derechos fundamentales abogando por la innovación y el daño a los autores.

Desde entonces, muchas protestas y varios movimientos sociales han estado trabajando la manera  para tratar de impedir la aprobación que finalmente ha entrado en vigor y tendrá funcionamiento a partir de los próximos meses.

Ante esta situación la gente ha revivido la campaña #nolesvotes recordando a la sociedad los responsables de esta actitud y la necesidad de un castigo ante las inminentes urnas. El movimiento ha creado cierto temor a los partidos políticos que han recibido avalanchas de mensajes de todo tipo bajo el repetitivo lema de "No esperes mi voto" o similares.

La clase política y el grupo de autores del país se han unido para agilizar el proceso de aplicación de esta nueva ley que afectará en gran medida a la forma en que se consumen los medios digitales en Internet.

Fuente: http://pop.soniquo.com/pp-psoe-ciu-se-enfrentan-al-nolesvotes-4027

Saludos
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coriano2323

Así lo cree el presidente de la SGAE

Ley Sinde : Los primeros cierres de web en España podrían darse a partir de septiembre


En una entrevista, Eduardo Bautista habla de la Ley Sinde y las expectativas creadas en su agrupación. Según el presidente de la SGAE, el cierre de páginas comenzará en septiembre.

Todo el mundo ha escuchado alguna vez sobre las vicisitudes por las que pasó la famosa Ley Sinde, dentro del paquete de medidas que, bajo el título de Ley de Economía Sostenible, puso en marcha el Gobierno español en plena crisis económica, así como el final que le esperaba: su aprobación en el Congreso en febrero, y su publicación en el BOE el pasado 6 de marzo. A continuación surgió la pregunta de cuándo se aplicará, pues a su puesta en marcha deben precederle la elaboración de su propio reglamento y la constitución de la llamada Comisión de Propiedad Intelectual.

Eduardo Bautista, presidente del Consejo de Dirección de la SGAE, parece tener una idea de cuándo comenzará a andar su apreciada ley: después del verano. Ello supone un retraso con respecto a las expectativas de la propia ministra Ángeles González Sinde, quien en febrero veía el inicio del funcionamiento de la ley durante el periodo estival: "a lo mejor para el verano podemos empezar a aplicar los primeros casos", afirmó entonces la titular de Cultura.

El presidente de la controvertida agrupación se mostró optimista con los resultados que podría ofrecer la medida, a la que calificó como "la mejor que se podía hacer en este momento", convencido de que funcionará "razonablemente bien", aunque en sus palabras se deja adivinar una conformidad no completa con la misma, señalando que la razón de su posible éxito se obtendrá "más por el efecto disuasorio que por el punitivo", dejando a entender su posible postura a favor de un endurecimiento de las penas, de las que se obtendrían mayores beneficios económicos.

También advierte de las dificultades que se puede encontrar la aplicación efectiva de la ley, dado que "la tecnología te permite deslocalizar y reubicar en otros espacios", y de hecho, asegura que ya hay webs que han mudado sus servidores a otros países, como Marruecos, e incluso se atreve a localizar alguna de ellas en paraísos fiscales.

Aún así, desde la SGAE esperan anhelantes la entrada en funcionamiento de la ley, y ya han cuantificado el número de webs de descarga sobre las que consideran que debería caer el peso de la ley. El número ofrecido por su presidente se sitúa entre las 150 y 200 páginas que actúan, según sus palabras, "con un desprecio total a los derechos de autor". Y aquí comienza el repertorio de acusaciones contra la piratería (a la que en su momento consideró "alimaña"), que vuelve a calificar como un peligro para la industria cultural; pero esta vez incluye entre sus víctimas a la propia marca de España como país, al estimar que esta clase de páginas factura una media de diez millones de euros al año, lo que ponen en peligro "una industria de contenidos competitiva" y "una buena imagen del país", algo que "a todos nos interesa".

Por otra parte, Eduardo Bautista ha vuelto a defender el canon digital, al considerar su posible eliminación como un ataque al derecho del consumidor, ya que obligaría a "declarar ilegal la copia privada en España", lo cual sería un "sinsentido". En fin, el canon digital es necesario ya que es éste el que permite al usuario hacer copias sin peligro de actuar ilícitamente. SGAE dixit.

Fuente: http://www.adslzone.net/article5678-ley-sinde--los-primeros-cierres-de-web-en-espana-podrian-darse-a-partir-de-septiembre.html#

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coriano2323

Indicedonkey: la Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso y archiva el procedimiento

Nota informativa:

El 8 de marzo de 2010 se dictaba el tercer sobreseimiento del caso Indicedonkey, un caso que se inició en marzo de 2006. En dicho caso se habían dictado autos de sobreseimiento en fecha 19 de marzo de 2008  y en fecha 31 de octubre de 2008, autos que fueron revocados a petición de la acusación, que invocó defectos de forma al no haberse practicado determinadas pruebas periciales.

El caso Indicedonkey estuvo enmarcado en el despliegue mediático conocido como "Operación Descargas en la Red", una de cuyas características fundamentales fue la pretensión, por parte de investigadores y denunciantes, de involucrar en la causa penal no únicamente a los webmasters denunciados, sino también a sus proveedores de hosting. Una estrategia ésta que, vista con perspectiva histórica, no era sino un anuncio de lo que estaba por venir. Mediante la argucia procesal de intentar responsabilizar a los intermediarios, se escondía un objetivo mucho más ambicioso: acabar a cualquier precio con la neutralidad de la Red.

La Audiencia Provincial de Madrid ha notificado hoy, 22 de marzo de 2010, el Auto por el que confirma el tercer sobreseimiento del caso. La empresa de hosting a la que hemos defendido ha tenido que soportar un procedimiento penal durante cinco largos años para que se reconozca que su actividad era la de un simple intermediario.

Auto definitivo disponible en Megaupload: http://www.megaupload.com/?d=TSKIIXFO

Fuente: http://www.bufetalmeida.com/621/indicedonkey-apmadrid.html

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coriano2323

Es todo MENTIRA: las descargas nunca perjudicaron a la industria de los contenidos

Mentira. Todo mentira. Las descargas no provocaron pérdidas de ventas, ni de puestos de trabajo, ni de riqueza, ni descensos en el PIB, ni ninguno de los apocalípticos mensajes que la industria de los contenidos ha lanzado a lo largo de los últimos años. Son simplemente mentirosos interesados buscando influenciar a políticos y ciudadanos para buscar únicamente su propio beneficio.

Un estudio desarrollado en la London School of Economics analiza la evolución de las métricas de la industria en comparación con las descargas, y demuestra que todo lo que decía la industria era erróneo, una simple mentira. Que la industria no está tan mal como pretendían hacer ver, que las descargas no han provocado ningún efecto significativo (y que de hecho representan el futuro de la industria), y que los descensos en la facturación de la industria se deben, simplemente, a otros factores, tales como la crisis económica y la caída generalizada de la economía de consumo. Para un buen análisis, recomiendo este artículo de Ars Technica, "Did file-sharing cause recording industry collapse? Economists say no".

Las evidencias no tienen pérdida: que las ventas bajaron es evidente, pero lo hicieron exactamente igual en segmentos de población que carecían de ordenador y acceso a la red, y debido fundamentalmente a un descenso en la renta disponible para el gasto en entretenimiento. Las descargas, como muchos nos hemos hartado de decir durante mucho tiempo, no perjudican a las ventas, sino que extienden la notoriedad y multiplican la exposición, convirtiendo en más tangible el interés que hace que muchas personas vayan a un concierto, a una sala de cine o consuman contenidos en la manera en que la industria proponga – si es que propone alguna que sea mínimamente razonable, que es el gran talón de Aquiles que está detrás de sus pérdidas.

Perseguir las descargas y a los que las hacen es una estrategia equivocada y sin salida. Proteger modelos de negocio obsoletos pretendiendo evitar los avances de la tecnología solo contribuye a congelar la innovación en la industria. Verdades sostenidas por datos y análisis, frente a elucubraciones interesadas de una industria manipuladora, de lobbies dedicados a sostener prebendas impresentables y monopolios del pasado. Vale la pena leer el estudio, escrito en lenguaje perfectamente accesible: es tan claro, que hasta un político podría entenderlo :-)

Fuente: http://www.enriquedans.com/2011/03/es-todo-mentira-las-descargas-nunca-perjudicaron-a-la-industria-de-los-contenidos.html

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coriano2323

PROPIEDAD INTELECTUAL | Archivado el caso Spanishare

Nuevo auto consecutivo de la Audiencia de Madrid: enlazar a descargas no es delito

    Los argumentos utilizados son prácticamente los mismos que en el caso Sharemula


En menos de 24 horas, la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado nuevamente el archivo de un proceso contra una página web de enlaces. En este caso se trata de Spanishare, y los argumentos utilizados son prácticamente idénticos: un enlace no supone comunicación pública.

Si ayer se notificaba el sobreseimiento definitivo del caso Indicedonkey, hoy por la tarde los jueces han hecho lo propio con el caso Spanishare, una de las páginas web que, como el anterior, fue cerrada durante la operación 'Descargas en la Red' de 2006, en la que se clausuraron 17 sitios web de enlaces y fueron detenidas 15 personas.

Esta resolución judicial responde a un recurso interpuesto por las entidades EGEDA y aDeSe contra el archivo del caso decretado el 12 de agosto de 2009 por el juez del juzgado de instrucción número 4 de Madrid.

Los abogados defensores, David Bravo y Javier de la Cueva, son los mismos que en el caso anterior. A través de Twitter ambos han anunciado este último sobreseimiento. De hecho, De la Cueva ha confirmado que los argumentos utilizados por la Audiencia Provincial de Madrid son los mismos que los esgrimidos en el caso Sharemula (que también fue defendido por dichos letrados).

Efectivamente, este auto se remite de forma literal al auto de sobreseimiento del citado caso Sharemula, del 11 de septiembre de 2008, y en concreto de la argumentación del ponente Rafael Espejo Saavedra Santa Eugenia.

En el caso Sharemula, el auto de archivo afirmaba que "un enlace simple no supone vulneración de los derechos de propiedad intelectual" y "este tipo de enlaces constituye únicamente una forma de facilitar al usuario de Internet el acceso a otra página web, ya que no reproducen la página enlazada, ni dan lugar a un almacenamiento de la misma en la propia página web de la remitente".

También entonces se afirmó que la actividad del sitio web se centraba en facilitar "enlaces, ni aloja archivos, ni realiza directamente la descarga, limitándose a facilitar una dirección donde se puede descargar la obra, esto es, su actividad se centra en enlaza

Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/23/navegante/1300909698.html

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coriano2323

La ley Sinde impedirá acceder a un web de descargas piratas fuera de España

Madrid, 12 abr (EFE).- El Real Decreto de la ley Sinde impedirá también, previa autorización judicial, el acceso de los usuarios desde España a una web con el servidor en el extranjero y que permita descargar contenidos ilegales sujetos a derechos de autor.

El borrador del Real Decreto de la ley Sinde, cuyo trámite de consulta acaba de iniciar el Ministerio de Cultura y al que ha tenido acceso Efe, regula el funcionamiento técnico de las dos secciones de la Comisión de Propiedad Intelectual, el órgano que ejercerá las funciones de mediación y arbitraje, así como las de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual.
El reglamento, compuesto de 24 artículos, recuerda en su preámbulo que un órgano competente, en este caso la Audiencia Nacional, puede ordenar a un prestador de servicios de intermediación de la sociedad la información, -proveedores de telefonía-, "que interrumpa la prestación de un servicio o impida el acceso desde territorio español".

La ley antidescargas, recogida en la disposición final cuadragésimo tercera de la Ley de Economía Sostenible y publicada en el BOE el 5 de marzo, permite la retirada de contenidos o la interrupción del servicio de una web de descargas de contenidos ilegales sujetos a derechos de autor, esté o no alojada en un servidor de España, previa autorización de un juez de la Audiencia Nacional.

El Real Decreto refuerza el procedimiento de mediación y arbitraje de la sección primera de la comisión con el propósito de la resolución "voluntaria" y "extrajudicial" de los conflictos sobre propiedad intelectual.
En el caso de la mediación, el Real Decreto establece como máximo nueve meses para que se resuelva el conflicto, mientras que el laudo arbitral, que tendrá "carácter vinculante, ejecutable e impugnable", deberá dictarse en el plazo máximo de tres meses desde que las partes formulen sus posiciones definitivas.

Los titulares de derechos de autor o las entidades o personas naturales o jurídicas que los representen pueden también dirigirse directamente a la sección segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual -nunca actuará de oficio-. Ésta también instará a la web de forma voluntaria la retirada de los contenidos o la presentación de alegaciones en el plazo de 48 horas.

Transcurrido este plazo sin que ninguno de estos requerimientos hayan sido seguidos, la sección pedirá que ambas partes presenten conclusiones en cinco días, tras los cuales la comisión tendrá otros tres días como máximo para dictar resolución.
Declarada en dicha resolución la existencia de una vulneración de derechos de propiedad intelectual, la sección segunda ordenará, previa autorización judicial, la retirada de los contenidos en un plazo de 24 horas desde su notificación.
La resolución contemplará, asimismo, para el caso de incumplimiento dentro del plazo de 24 horas, "las medidas de ejecución forzosa dirigidas a los servicios de intermediación de la sociedad de la información que correspondan para el eficaz cumplimiento de la resolución".

Fuente: http://www.nortecastilla.es/agencias/20110412/mas-actualidad/tecnologia/sinde-impedira-acceder-descargas-piratas_201104121409.html

Por otro lado:

Todo listo para que el cierre de páginas con enlaces a descargas sea legal

Cultura tiene preparado el texto del Decreto que regulará la Comisión de Propiedad Intelectual que decidirá qué páginas deberían cerrarse


El Ministerio de Cultura ya tiene listo el texto del borrador de Real Decreto que regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual, así como el procedimiento para el ejercicio de sus funciones. El texto inicia este martes un trámite preceptivo de consultas entre las diferentes partes del sector. La Ley de Economía Sostenible modificó la Comisión de Propiedad Intelectual, creada por la Ley de Propiedad Intelectual, y estableció que actuará por medio de dos Secciones.

Según informa el Ministerio de Cultura, este Real Decreto tiene por objeto regular los aspectos técnicos y procedimentales para el ejercicio de las funciones de las dos Secciones. "Con carácter general, potencia la solución dialogada, extrajudicial y voluntaria de conflictos y protege los derechos tanto de los creadores como los del resto de los ciudadanos a que exista una oferta legal, diversa y asequible de productos culturales".

En esta misma línea, Cultura asegura que la Sección Primera tiene encomendadas funciones de mediación y arbitraje, incluyendo materias relacionadas con entidades de gestión colectiva. En la solicitud de mediación, "las partes se someterán expresa y voluntariamente a la Sección para que ésta medie en la solución del conflicto". En el arbitraje, las partes podrán someterse voluntariamente a la decisión de la Comisión sobre conflictos concretos. "El procedimiento terminará mediante un solo laudo, que deberá dictarse en el plazo máximo de tres meses prorrogables por un máximo de dos meses". Tendrá carácter vinculante y será ejecutable e impugnable.
Contra las páginas web, no contra los usuarios

Asimismo, desde el ministerio de Cultura indican que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual llevará a cabo sus funciones respecto a los casos de vulneración de los derechos de propiedad intelectual por el responsable de un servicio de la sociedad de la información, siempre que dicho responsable, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o pueda causar un daño patrimonial al titular de esos derechos. "El procedimiento se instará mediante solicitud, por tanto, la Sección Segunda nunca actuará de oficio. Lo hará en el ámbito de los prestadores de servicios de la sociedad de la información, nunca contra usuarios de Internet".

Retirada de contenidos

La Comisión de Propiedad Intelectual decidirá, en cada caso, si procede la retirada de contenidos o el cierre de la página. Y la ejecución forzosa de esas medidas deberá contar, siempre, con autorización judicial. En todo caso, asegura, que el procedimiento permite en todo momento "la retirada voluntaria" de los enlaces a los contenidos que no cuenten con autorización del titular.

Fuente: http://www.publico.es/culturas/370894/todo-listo-para-que-el-cierre-de-paginas-con-enlaces-a-descargas-sea-legal

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Rhaegar

Bienvenidos a la República Popular China en España  :sorpresa
~ I had the craziest dream last night
I felt it. Perfect. It was perfect. ~
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coriano2323

#133
Aqui os dejo el borrador en cuestion: https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=explorer&chrome=true&srcid=0B-mtSplssq15YTViMGJhOWYtMzNhYy00ZGE3LTlkNzEtNjkxNTkxZmJmOWRj&hl=es

Un reglamento 'tramposo' para la Ley Sinde

Desde que tengo Twitter el feedback de los lectores ya no es lo que era.  Durante los dos años que estuvo abierto el consultorio del Abogado del Navegante, las consultas llegaban pausadamente, mediante formulario, y por lo general eran sumamente respetuosas: "Señor letrado, le agradecería despejase mis dudas, etc, etc.".  Twitter es un estrés: a los diez minutos de colgarse en la red el borrador de reglamento de la Ley Sinde, los "followers" ya me están exigiendo un dictamen.

Las valoraciones de urgencia son peligrosas: un texto legal requiere un análisis sosegado, so pena de perder rigor jurídico. Además, se trata de un simple borrador filtrado, que puede sufrir todavía importantes modificaciones.  Por último, no deberíamos descartar las motivaciones espurias del Sindeleaks, que quizás se filtra en la esperanza de que algún abogado se ofrezca a hacer de "betatester" del texto, señalando sus carencias: carne tierna para los hackers del código y carroña para los lammers del dictamen jurídico gratuito.

Tiempo habrá para reflexiones en profundidad. Por hoy sólo destacaré dos cosas, y la primera de ellas me hace una especial ilusión.  Con motivo de unas jornadas sobre la Ley Sinde, celebradas en el Colegio de Abogados de Barcelona, anuncié la próxima puesta a disposición de un formulario para que cualquier usuario de redes sociales pudiese denunciar la utilización indebida de sus obras por parte de medios de comunicación lucrativos.  Pues bien, un trabajo que me ahorro: al final del reglamento se incluye un anexo con un formulario de denuncia.  Bastante triste y burocrático, todo hay que decirlo, pero no seré yo quien le ponga pegas al gratis total.

Vayamos al grano: ¿hay alguna trampa escondida en el reglamento? Pues sí y no, todo dependerá de la redacción final y de cómo se interpreten por la Sección Segunda los artículos 22.3 y 24 del reglamento, en los que se hace mención a los servicios de intermediación de la sociedad de la información. Servicios de intermediación que, atención al dato, no serán parte del procedimiento administrativo, pero sí estarán obligados a la ejecución forzosa de la resolución de retirada de contenidos en cuanto ésta les sea notificada. Una notificación que de conformidad con el artículo 24.2 dará lugar al conocimiento efectivo con todas las consecuencias de responsabilidad previstas en la LSSI.

Para los que el anterior párrafo, escrito en "code for lawyers" les haya parecido farragoso y leguleyo, un resumen simple para seres humanos normales. El truco está en tratar a una web como Series Yonkis, por poner un ejemplo, no como un servicio vulnerador de propiedad intelectual, sino como un servicio de intermediación del que se valen los vulneradores de la propiedad intelectual. Se matan dos pájaros de un tiro: se mantendría a Series Yonkis y a sus abogados fuera del procedimiento, y sólo se les notificaría la resolución en vía de ejecución forzosa. Si desobedecen la retirada de enlaces –servicio de intermediación de conformidad con el artículo 17 de la LSSI- serían considerados responsables de los contenidos, al haber tenido conocimiento efectivo de la infracción.

¿Una interpretación muy retorcida?  En cualquier caso, una interpretación de urgencia. Ya les advertía que las prisas son malas consejeras, así que son ustedes muy libres de no hacerme caso.  Pero luego no se quejen de que no se lo advertí, ni me aleguen "desconocimiento inefectivo": no me gusta decir "se lo dije", pero se lo dije.

Fuente: http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/jaqueperpertuo/2011/04/12/un-reglamento-tramposo-para-la-ley-sinde.html

Saludos
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coriano2323

El lobby "la coalición"

El borrador del decreto de la Ley Sinde fue modificado por los artistas


El abogado Javier de la Cueva ha examinado los metadatos del borrador y muestran que la última modificación del mismo fue hecha por "La Coalición".

El Ministerio de Cultura ya tiene listo el texto del borrador de Real Decreto que regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual, así como el procedimiento para el ejercicio de sus funciones. El texto inicia este martes un trámite preceptivo de consultas entre las diferentes partes del sector, según informa Europa Press. Sin embargo, parece que hay una parte del sector que ya había sido consultada.

Así, el abogado especializado en internet Javier de la Cueva ha examinado los metadatos del fichero en formato Word que contiene el reglamento. Y lo que ha podido ver es que el documento fue creado por la Subdirección General de Propiedad Intelectual, pero la última modificación pertenece a un usuario llamado "La Coalición". No hace falta ser muy suspicaz para sospechar de la participación de la Coalición de Creadores.

La disposición de Ley de Economía Sostenible conocida como ley Sinde modificó la Comisión de Propiedad Intelectual, creada por la Ley de Propiedad Intelectual, y estableció que actuará por medio de dos Secciones. Según informa el Ministerio de Cultura, este Real Decreto tiene por objeto regular los aspectos técnicos y procedimentales para el ejercicio de las funciones de las dos secciones.

Desde el ministerio de Cultura indican que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual llevará a cabo sus funciones respecto a los casos de vulneración de los derechos de propiedad intelectual por el responsable de un servicio de la sociedad de la información, siempre que dicho responsable, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o pueda causar un daño patrimonial al titular de esos derechos. Estos extremos serán decididos por ese órgano administrativo y no por un juez.

Fuente: http://www.libertaddigital.com/internet/2011-04-12/el-borrador-del-decreto-de-la-ley-sinde-fue-modificado-por-la-coalicion-1276420284/

Saludos
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